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Impuesto sobre Sociedades 2025 plazo de presentación, julio 2026

Julio de 2026 es el mes clave para presentar el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025.

28/06/2026

Julio de 2026 es el mes clave para presentar el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025. Este año, además de cumplir con el plazo, muchas empresas aplicarán por primera vez una reforma fiscal que modifica los tipos de gravamen según el tamaño de la empresa. Desde Puigverd Assessors te resumen todo lo que necesitas saber.

¿Cuándo hay que presentar la declaración?

El plazo general es del 1 al 27 de julio de 2026. La fecha habitual sería el 25 de julio, pero al caer en sábado este año el plazo se extiende al lunes 27. Si el resultado es a ingresar y optas por domiciliación bancaria, el último día es el 22 de julio.

La obligación existe incluso si la sociedad no ha tenido actividad durante el ejercicio. No presentar la declaración en plazo puede conllevar recargos, intereses de demora y sanciones.

¿Qué modelo se utiliza?

El modelo general es el Modelo 200, aprobado por la Orden HAC/529/2026 y en vigor desde el 1 de julio de 2026. Los grupos en régimen de consolidación fiscal utilizan el Modelo 220. La presentación es obligatoriamente telemática a través de la sede electrónica de la AEAT.

Novedades 2025: nuevos tipos de gravamen

La reforma introducida por la Ley 7/2024 cambia los tipos aplicables a partir del 1 de enero de 2025, beneficiando especialmente a las empresas más pequeñas:

  • Tipo general (resto de empresas): 25 %
  • Microempresas (facturación inferior a 1 M€): 21 % por los primeros 50.000 € de base imponible y 22 % por el resto. 

Reducción progresiva del tipo de gravamen en los siguientes ejercicio (2026 -19/21%- 2027 y siguientes -17/20%)

  • Entidades de reducida dimensión (facturación entre 1 M€ y 10 M€): 24 %. 

Reducción progresiva del tipo de gravamen en los siguientes ejercicio (2026 -23%- 2027 -22%- 2028 -21%- 2029 y siguientes -20%)

  • Empresas de nueva creación y startups: 15 % durante el primer período con base imponible positiva y el siguiente

Esta segmentación obliga a verificar con precisión en qué categoría encaja tu empresa antes de presentar la declaración.

Otras novedades relevantes

La reserva de capitalización mejora en 2025: el porcentaje de reducción en base imponible sube del 15 % al 20 %, del incremento de fondos propios, y puede llegar al 23% o 26,5% o 30 % si además se incrementa la plantilla media y se mantiene durante tres años.

La reducción de la base imponible en ningún caso podrá superar el importe del 20 % de la base imponible positiva del período impositivo previa a esta reducción. Este porcentaje se eleva al 25 % en el caso de contribuyentes cuyo INCN sea inferior a 1 millón de euros.

El Real Decreto-ley 7/2026 ha prorrogado la libertad de amortización para inversiones en energías renovables y autoconsumo energético realizadas en 2025 y 2026, lo que permite reducir la base imponible de forma acelerada y mejorar la liquidez.

¿Qué documentación necesitas?

Para confeccionar correctamente el Modelo 200 conviene tener preparadas las cuentas anuales cerradas, el resultado contable, el detalle de amortizaciones, los gastos no deducibles, las bases imponibles negativas pendientes de compensar y las retenciones soportadas durante 2025. Reunirlo con antelación permite revisar la declaración con calma y no perder ningún incentivo fiscal.

No lo dejes para el último momento

La reforma de tipos de 2025 es la más significativa en años para pymes y microempresas. Un error en la categorización o en la aplicación de deducciones puede traducirse en una cuota incorrecta y en una posterior comprobación de Hacienda.

Puigverd Assessors lleva años asesorando a empresas y autónomos del Vallés y el Barcelonés en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Si tienes dudas sobre cómo afecta esta campaña a tu empresa, contacta con su equipo y te orientarán sin compromiso.