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Puigverd Assessors explica los detalles de la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor

Te explicamos cuáles son exactamente tus derechos y cómo organizar el disfrute de las semanas flexibles.

14/08/2025

El Real Decreto-ley 9/2025, aprobado el 29 de julio y publicado en el BOE el 30 de julio de 2025, introduce una reforma clave en materia de conciliación: el permiso por nacimiento y cuidado del menor se amplía hasta 19 semanas por cada progenitor (antes 16), con condiciones más flexibles y una especial protección para las familias monoparentales, que llegarán hasta 32 semanas.

Esta medida, con aplicación retroactiva a partir del 2 de agosto de 2024, responde a la necesidad de cumplir con la Directiva (UE) 2019/1158 y reforzar la corresponsabilidad y la igualdad real entre hombres y mujeres. 

En Puigverd Assessors, te explicamos cuáles son exactamente tus derechos y cómo organizar el disfrute de las semanas flexibles.

Contexto normativo y base legal

El RDL 9/2025 forma parte de un paquete de reformas que desde 2019 han ido transformando el modelo de permisos parentales en España. El objetivo es doble:

  1. Completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y profesional.
  2. Garantizar que ambos progenitores dispongan del mismo tiempo de permiso, retribuido e intransferible, para fomentar la corresponsabilidad.

Según el BOE, esta reforma también da respuesta a procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea contra España por no haber transpuesto completamente el permiso parental retribuido dentro de los plazos previstos.

Novedades destacadas del RDL 9/2025

Duración general del permiso

  • 19 semanas por cada progenitor (antes 16 semanas).
  • Aplica tanto a nacimientos como a adopciones, guarda con finalidad de adopción o acogimiento.

Familias monoparentales

  • Ampliación especial hasta 32 semanas para el único progenitor.
  • Esta medida busca garantizar que los menores tengan el mismo tiempo de cuidado que en familias biparentales.

Distribución del permiso

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, justo después del parto o resolución de adopción.
  • 11 semanas flexibles hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • 2 semanas adicionales (4 en monoparentales) por cuidado flexible hasta los 8 años.) sólo por las nacimientos/adopaciones producidas a partir del 2 de agosto de 2025, y deberá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 

Retribución y gestión

  • La prestación la paga la Seguridad Social al 100% de la base reguladora (o del IPREM si es inferior).
  • La empresa mantiene su cotización, pero no abona salario.

Beneficios para la sociedad y las empresas

  1. Mejora de la conciliación: permite una atención más equilibrada y adaptada a sus necesidades familiares.
  2. Igualdad de oportunidades: evita penalizaciones laborales asociadas al cuidado de menores.
  3. Salud y bienestar: más tiempo de descanso y adaptación después del nacimiento o adopción.
  4. Atracción y retención de talento: empresas con sólidas políticas familiares son más competitivas.

Preguntas frecuentes sobre la ampliación del permiso de nacimiento y cuidado del menor

¿Cuándo entra en vigor?

Desde el 31 de julio de 2025. Las dos semanas flexibles adicionales a partir del 2 de agosto de 2024, disfrutables desde el 1 de enero de 2026.

¿Quién paga durante el permiso?

La Seguridad Social, con una prestación equivalente al 100% de la base reguladora.

¿Se puede gozar a tiempo parcial? 

Sí, si la empresa o administración acepta, según convenio o normativa.

¿Qué ocurre si el menor muere durante el permiso?

Se mantiene el derecho a todo el permiso, con opción a reincorporarse pasadas las semanas obligatorias.

Con el RDL 9/2025, España da un paso más hacia una corresponsabilidad real y una igualdad efectiva entre hombres y mujeres, equiparándose a los países europeos con permisos parentales más largos y flexibles. La nueva regulación no sólo cumple con la normativa europea, sino que también responde a una demanda social de largo recorrido: poder trabajar sin renunciar a su cuidado.

Cómo te puede ayudar Puigverd Assessors

La ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor comporta nuevas opciones y obligaciones que pueden generar dudas tanto para trabajadores como para empresas. En Puigverd Asesores:

  • Te explicamos cómo aplicar la nueva normativa según tu situación laboral (trabajador/a por cuenta ajena, autónomo, funcionario...).
  • Te asesoramos sobre la mejor forma de distribuir las semanas flexibles, teniendo en cuenta convenios y posibles acuerdos con la empresa.
  • Ayudamos a las empresas a planificar las sustituciones y adaptarse a los nuevos plazos, minimizando el impacto organizativo.
Si necesitas saber cómo aplicarlo en tu empresa, contacta con nosotros. En Puigverd Assessors te acompañamos para que puedas disfrutar de tu tiempo con el menor sin complicaciones administrativas.